La Corte Suprema de Justicia de Argentina dictaminó que la provincia de Misiones no tiene la autoridad para aplicar un impuesto de sellos a los fideicomisos financieros establecidos fuera de su jurisdicción, específicamente en la Ciudad de Buenos Aires. Este fallo surge como respuesta a una demanda iniciada por varias entidades financieras, incluyendo la Asociación de Bancos Privados de Capital Argentino (ADEBA), que buscaban claridad frente a los intentos de la provincia de gravar contratos de fideicomisos celebrados fuera de su territorio.
La contadora pública Alejandra Yurkevich explicó que, aunque las provincias tienen el derecho de imponer ciertos tributos dentro de sus límites geográficos, no pueden extender esta facultad tributaria más allá de sus fronteras. En este caso, la Corte Suprema confirmó que Misiones no tiene jurisdicción para gravar los actos contractuales de fideicomisos establecidos fuera de su territorio.
El fallo reafirma el principio de legalidad en la tributación, el cual garantiza que los contribuyentes estén representados y limita el alcance geográfico de la potestad tributaria de una provincia, impidiendo la creación de impuestos o el gravamen de actividades fuera de sus fronteras. Con esto, la Corte Suprema busca preservar el equilibrio fiscal y la certeza jurídica en el país.