La AFIP eliminó la obligación de registrar contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, buscando simplificar trámites. Solo será necesario registrar los contratos si se desean acceder a beneficios fiscales.
5 Puntos Relevantes de la Noticia:
- La AFIP suprimió la obligación de registrar contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales.
- La medida busca reducir la burocracia para los contribuyentes.
- El registro solo será obligatorio para quienes busquen beneficios fiscales en ciertos impuestos.
- La medida se enmarca en una serie de simplificaciones de trámites por parte de la AFIP.
- El registro deberá realizarse antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días posteriores a la firma del contrato.
Resumen a Detalle: La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) eliminó la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rurales, una medida que tiene como objetivo reducir los trámites burocráticos para los contribuyentes. Este cambio implica que solo aquellos locadores que deseen acceder a beneficios fiscales, como en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y en impuestos como el de Bienes Personales y Ganancias, deberán registrar sus contratos en el sistema RELI de la AFIP. Esta registración debe realizarse antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días posteriores a la celebración del contrato. Además, la AFIP ha eliminado otras obligaciones relacionadas con operaciones inmobiliarias y comerciales, como la derogación del Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) y la simplificación de trámites para productores agropecuarios e importadores.
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