Cambios en el Sistema de Obras Sociales: Conflicto y Nuevas Regulaciones

El gobierno argentino, a través de la publicación de tres decretos, ha oficializado cambios significativos en el sistema de obras sociales, según lo establecido en el DNU 70 firmado por el presidente Javier Milei. Estos cambios, que entrarán en vigor a partir del 1° de marzo de 2024, incluyen una ampliación en la desregulación del sistema y han generado un conflicto con las entidades de medicina prepaga. A continuación, se destacan diez puntos clave de esta nueva regulación:

  1. Libre Elección de Obra Social: Desde 1993, el sistema permite cambiar de obra social una vez al año. Ahora, las prepagas podrán recibir directamente los aportes de empleados y monotributistas sin necesidad de una obra social intermediaria, siempre que se inscriban voluntariamente en un registro específico.
  2. Elección Inmediata: Los empleados podrán elegir su obra social o prepaga desde el inicio de la relación laboral, eliminando la espera obligatoria de un año en la obra social de la actividad.
  3. Inclusión de Trabajadores y Monotributistas: Los cambios abarcan a empleados en relación de dependencia, monotributistas y personal de servicio doméstico.
  4. Participación Voluntaria de Prepagas: Las prepagas deben decidir si se inscriben en el registro para captar aportes directamente. Existe preocupación por cómo manejarán las preexistencias de los afiliados.
  5. Nuevo Costo para las Prepagas: Se impone un nuevo costo, ya que las prepagas deberán aportar el 20% de los fondos recibidos (por fuera de los aportes salariales) al Fondo Solidario de Redistribución (FSR). Este costo, que probablemente se trasladará a los precios, ha generado malestar en el sector.
  6. Exclusión del PAMI: El PAMI no está incluido en estas modificaciones, por lo que los jubilados seguirán sin poder derivar directamente sus aportes a una prepaga.
  7. Exclusión de Obras Sociales Provinciales: Las obras sociales provinciales no participan del esquema de libre elección.
  8. Cobertura Obligatoria: Los planes contratados deberán garantizar, como mínimo, la cobertura básica obligatoria establecida en el Programa Médico Obligatorio y en el sistema de prestaciones para personas con discapacidad.
  9. Precios Liberados de Prepagas: El DNU 70 liberó los precios de las prepagas, eliminando la intervención estatal en la autorización de aumentos. Los precios ya han experimentado subidas significativas desde la implementación de esta medida.
  10. Normativas Pendientes: Aunque los decretos reglamentan algunos aspectos del DNU 70, aún faltan disposiciones normativas para que el nuevo esquema esté completamente operativo.

Estos cambios buscan modernizar y flexibilizar el sistema de salud, pero también han abierto un debate sobre sus implicaciones para las entidades de medicina prepaga y los afiliados al sistema.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Envíanos tu Noticia por WhatsApp